Campaña RENTA 2022. Recordad marcar casilla 106

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Veranito
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Creo que al final voy a hacer la declaración sin gestor ni nada, la voy a hacer yo sola como siempre, porque he comprobado mediante TaxDown si había alguna deducción que me podía aplicar, que se me hubiese pasado o desconociese, y no, me sale la misma cantidad, así que palante
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undi
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Yo también comprobé con tax down y me salía lo mismo
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Shelene00
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Sabéis si, tras presentar declaración conjunta con mi marido, pueden presentar los niños una individual cada uno? (menores)
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thebash
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alguna ha pagado Taxdown?
No se si suscribirme para que me miren lo de las criptos
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Missfake
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kichitina escribió: 12 Abr 2023, 23:21
Missfake escribió: 12 Abr 2023, 23:09
kichitina escribió: 12 Abr 2023, 22:40

Si el sepe te ha reclamado un dinero que habías declarado como ingreso en una renta anterior, lo que hay que hacer es una declaración de renta complementaria de ese año.

Si vas a ir a hacienda coméntalo, no se si ellos hacen complementarias.
No sé como hacerlo al haberlo abonado en 2023, pero el lunes lo consultaré, al igual que lo del alquiler, que no sé cómo declararlo, ni cómo hacerlo. Menudo jaleo.
Aunque lo hayas abonado en 2023 no importa, voy a intentar explicarme con un ejemplo, tu en la renta del año 2021 declaraste como ingresos 1500 euros y pagaste o te devolvieron en función de esos ingresos y sus retenciones.

Ahora resulta que en 2021 no ingresaste 1500 si no que ingresaste 1000, porque te han pedido devolución de 500 euros, por lo que la declaración no está bien hecha, hay que hacer una declaración rectificativa para ajustar los ingresos a lo que realmente has cobrado independientemente de cuando hayas hecho la devolución.
Vale, ahora te he entendido perfectamente.
De todas formas, creo que pediré cita para que me la hagan ellos, no sé si presencial o por teléfono, y supongo que tendré que presentar los documentos que verifiquen que he pagado ese importe, no? igual que lo del alquiler.
Menudo jaleo, con lo fácil que la he hecho todos los años.

Muchas gracias.
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Argo
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laury escribió: 13 Abr 2023, 10:07
Argo escribió: 12 Abr 2023, 19:40
laury escribió: 12 Abr 2023, 15:33
Si no has recibido dividendos (entiendo que no, porque elegiste quedarte con las acciones), y tampoco has vendido las acciones, no tienes que declarar nada.
Tach escribió: 12 Abr 2023, 07:46
Las acciones de dividendo acción no se ponen hasta que no las vendas que irán como incremento o pérdida patrimonial. Puede que te haya pasado que te hayan quedado algunos derechos sueltos que vendiste (imagina que con cada 24 derechos te daban una acción y tenías 100, te sobraron 4 que vendiste). A mi me lo ponen en el borrador en incremento patrimonial, juraría. Si me lo recuerdas esta tarde noche, compruebo exactamente si fue ahi
Gracias por vuestras respuestas. Si vendí todas las acciones de esa empresa. Pongamos que hace 3 años compré 100 acciones de una empresa, en junio del año pasado me dieron 5 más y a finales de año vendí todas, las 105. El error en la cuenta de valores me aparece con esas 5 que recibí, he de declararlas de alguna manera.
Si vendiste las acciones, entonces tienes que declarar lo que has ganado o perdido en el apartado de Ganancias Patrimoniales, como dice Tach.
Ten en cuenta que la Cartera de Valores es una ayuda para trasladar las ganancias o pérdidas a la declaración, pero no es obligatorio ni imprescindible usarlo. Quiero decir que puedes meter el importe de la ganancia / pérdida directamente en la declaración. No obstante, las 5 acciones creo que se ponen como 'Ampliación Liberada'. ¿Qué error te da en la cartera de valores?
Sin la herramienta de la cartera de valores no me atrevo a hacerlo, es la primera vez que vendo acciones y estoy un poco perdida. Me aparece el apartado de ampliación liberada pero también otros dos además de los de compra/venta. Creo que pediré cita telefónica para que me aclaren esa y otras dudas. Gracias igualmente :flowers:
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Kiwi
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thebash escribió: 12 Abr 2023, 08:11 Entiendo que aunque el año pasado no se compraran las cryptos hay que añadirlas en la declaración no?
Y luego indicar los movimientos que se han hecho?

Entre que ellos no explican, que yo no me entero de nada, y que la app de las criptos no es que sea tampoco muy intuitiva... la voy a liar pero bien.
Tienes que añadirlas si las vendiste en el 2022, vamos, si te generaron una ganancia o una perdida patrimonial sino no.

Hay que poner el tipo de moneda. Si la venta fue por dinero de curso legal, por otra moneda virtual o por lo que sea. Precio de adquisición del número de monedas que vendes, que no puede ser menor al valor de cotización de las monedas en aquel momento (hay que prorratear si compraste más de las que vendiste). Poner los gastos de la operación de adquisición, también prorrateados al número de monedas. Y lo mismo con los importes de la venta, precio de venta que tampoco puede ser inferior al valor de cotización, y gastos de la venta.
Si pones eso ya te calcula la ganancia o pérdida.
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thebash
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Kiwi escribió: 13 Abr 2023, 22:54
thebash escribió: 12 Abr 2023, 08:11 Entiendo que aunque el año pasado no se compraran las cryptos hay que añadirlas en la declaración no?
Y luego indicar los movimientos que se han hecho?

Entre que ellos no explican, que yo no me entero de nada, y que la app de las criptos no es que sea tampoco muy intuitiva... la voy a liar pero bien.
Tienes que añadirlas si las vendiste en el 2022, vamos, si te generaron una ganancia o una perdida patrimonial sino no.

Hay que poner el tipo de moneda. Si la venta fue por dinero de curso legal, por otra moneda virtual o por lo que sea. Precio de adquisición del número de monedas que vendes, que no puede ser menor al valor de cotización de las monedas en aquel momento (hay que prorratear si compraste más de las que vendiste). Poner los gastos de la operación de adquisición, también prorrateados al número de monedas. Y lo mismo con los importes de la venta, precio de venta que tampoco puede ser inferior al valor de cotización, y gastos de la venta.
Si pones eso ya te calcula la ganancia o pérdida.
Pero no hay que indicar todas las monedas que tienes, y su valor en el momento de la compra, auqnue haya sido anterior a 2022?
Y los stakings como ganancias?

Vender en sí no he vendido, parte mi hijo se lo envío a su cartera, así que entiendo que tengo que marcarlo como pérdida, ya que su valor era más bajo que en el momento de la compra; per no encuentro el movimiento en Binance, que no es nada fácil buscar ahí.

Qué dolor de cabeza, y no tengo ni 500 euros invertidos :bag:
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Agnesvk
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Ya me han devuelto lo de la declaración!
“Ama, y haz lo que quieras”

:primavera:
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undi
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Qué bien @Agnesvk
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Os habéis desgravado el seguro de vida y el de hogar vinculado a la hipoteca? He leído que se puede hasta un 15%
Petri
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Veranito escribió: 14 Abr 2023, 12:39 Os habéis desgravado el seguro de vida y el de hogar vinculado a la hipoteca? He leído que se puede hasta un 15%
Esto es también para las de antes de 2013, y el seguro de vida si eres autónomo si lo puedes desgravar.
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Ya me lo han ingresado :yuju:
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Petri escribió: 14 Abr 2023, 12:54
Veranito escribió: 14 Abr 2023, 12:39 Os habéis desgravado el seguro de vida y el de hogar vinculado a la hipoteca? He leído que se puede hasta un 15%
Esto es también para las de antes de 2013, y el seguro de vida si eres autónomo si lo puedes desgravar.
Vaya por Dios :hurted: no hay manera de desgravarse ni unos céntimos :looll:
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pero lo del seguro de la hipoteca es nuevo no?
Voy a ver como se hace eso también
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undi
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Edito: en mi caso no porque no es mi vivienda habitual, pero por curiosidad
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Kiwi
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thebash escribió: 14 Abr 2023, 08:36
Kiwi escribió: 13 Abr 2023, 22:54
thebash escribió: 12 Abr 2023, 08:11 Entiendo que aunque el año pasado no se compraran las cryptos hay que añadirlas en la declaración no?
Y luego indicar los movimientos que se han hecho?

Entre que ellos no explican, que yo no me entero de nada, y que la app de las criptos no es que sea tampoco muy intuitiva... la voy a liar pero bien.
Tienes que añadirlas si las vendiste en el 2022, vamos, si te generaron una ganancia o una perdida patrimonial sino no.

Hay que poner el tipo de moneda. Si la venta fue por dinero de curso legal, por otra moneda virtual o por lo que sea. Precio de adquisición del número de monedas que vendes, que no puede ser menor al valor de cotización de las monedas en aquel momento (hay que prorratear si compraste más de las que vendiste). Poner los gastos de la operación de adquisición, también prorrateados al número de monedas. Y lo mismo con los importes de la venta, precio de venta que tampoco puede ser inferior al valor de cotización, y gastos de la venta.
Si pones eso ya te calcula la ganancia o pérdida.
Pero no hay que indicar todas las monedas que tienes, y su valor en el momento de la compra, auqnue haya sido anterior a 2022?
Y los stakings como ganancias?

Vender en sí no he vendido, parte mi hijo se lo envío a su cartera, así que entiendo que tengo que marcarlo como pérdida, ya que su valor era más bajo que en el momento de la compra; per no encuentro el movimiento en Binance, que no es nada fácil buscar ahí.

Qué dolor de cabeza, y no tengo ni 500 euros invertidos :bag:

Las compras por sí solas no se declaran, declaras cuando vendes las monedas o las cambias por otras.

Los stakings, si generan rendimiento los califican como un rendimiento del capital mobiliario.

Lo de tu hijo por lo que dices entiendo que debió de ser una donación, que no se declaran por el irpf, no se si por el impuesto de donaciones sí.

Es bastante lioso lo del las criptomonedas y al ser algo nuevo pues tampoco te puedo decir con seguridad. Puedes llamar y pedir cita y así te quedas más tranquila, lleva todos los datos que veas que pide el programa para tenerlo controlado, que aun hay tiempo.
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Pimpi
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Hola chicas, hace unos años me ayudasteis mucho con un problema de la renta, sois lo más 😍. Ahora pido otra vez una ayudilla de una duda que tengo:

Estos últimos años la renta del (declarante autónomo) me salía prácticamente lo mismo a devolver de lo que pagamos con la suma de los modelos 130 pero este año nos sale la mitad o menos a devolver... sus ingresos han aumentado bastante... Te quitan de devolver más por que sus ingresos han sido mayores? Hay un baremo? Gracias de antemano, no sé si me explico bien.
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Pimpi
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En un principio el borrador me sale a devolver la suma de los modelos 130 pero claro hay que meter los datos de los ingresos, los gastos y los servicios sociales, ahí es cuando la cantidad a devolver me baja drásticamente. En otros años no bajaba tanto pero es cierto que sus ingresos han aumentado.
Jolín pero tanto bajón de cifra....
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Wolfie
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Yo la he presentado hoy y bendita deducción por el alquiler de la Comunidad de Madrid, he pasado de tener que pagar unos 500€ a que me devuelvan casi 400 :):
Aunque este ya es el último año que puedo beneficiarme que para el próximo ya no cumplo los requisitos.
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