Alquileres

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Kate
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@Clark si que le corresponde al propietario, sin ninguna duda. Podéis intentar hablar con el administrador de fincas, que os lo cambien y se lo pasen en el próximo recibo de la comunidad.
No os toméis la vida tan en serio.
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Licorne
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Que el propietario lo hable con el administrador, porque creo que los telefonillos los paga la comunidad.
"I would enter your sleep if I could, and guard you there, and slay the thing that hounds you, as I would if it had the courage to face me in fair daylight. But I cannot come in unless you dream of me.”
I Love

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Licorne escribió: 06 Feb 2024, 20:18
I Love escribió: 06 Feb 2024, 19:12 Tengo un cabreo y ansiedad de la h*stia.
Me acaba de llamar el hijo de la dueña del piso, diciéndome que su madre ha fallecido y que tengo que irme cuanto antes, porque ya no lo puede alquilar.

He estado mirando y 600 euros por un piso de mierda. Si quieres algo decente, de 800 no baja...y no, no vivo en Madrid.

Esto ya se ha comentado. El fallecimiento del arrendador NO extingue tu contrato, sino que sus herederos tienen que continuarlo hasta el mínimo legal.

Es verdad que en la Ley de arrendamientos Urbanos no se dice expresamente, pero es un contrato con obligaciones recíprocas, y los herederos, como continuadores de la persona del causante/arrendador, lo han de respetar. Lo único que hay que cambiar es el nombre del nuevo arrendador. La duración mínima del contrato de arrendamiento seguirá manteniéndose, y también la renta mensual.

Y la duración mínima para vivienda en España son 5 años.
Se lo he comentado, y me ha dicho que los meses que quedan para que termine el contrato, el dinero del alquiler se lo dé en mano... :down: no sé si es legal.
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Arizona-baby
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I Love escribió: 07 Feb 2024, 14:49
Licorne escribió: 06 Feb 2024, 20:18
I Love escribió: 06 Feb 2024, 19:12 Tengo un cabreo y ansiedad de la h*stia.
Me acaba de llamar el hijo de la dueña del piso, diciéndome que su madre ha fallecido y que tengo que irme cuanto antes, porque ya no lo puede alquilar.

He estado mirando y 600 euros por un piso de mierda. Si quieres algo decente, de 800 no baja...y no, no vivo en Madrid.

Esto ya se ha comentado. El fallecimiento del arrendador NO extingue tu contrato, sino que sus herederos tienen que continuarlo hasta el mínimo legal.

Es verdad que en la Ley de arrendamientos Urbanos no se dice expresamente, pero es un contrato con obligaciones recíprocas, y los herederos, como continuadores de la persona del causante/arrendador, lo han de respetar. Lo único que hay que cambiar es el nombre del nuevo arrendador. La duración mínima del contrato de arrendamiento seguirá manteniéndose, y también la renta mensual.

Y la duración mínima para vivienda en España son 5 años.
Se lo he comentado, y me ha dicho que los meses que quedan para que termine el contrato, el dinero del alquiler se lo dé en mano... :down: no sé si es legal.
Ni de coña que luego dirán que no has pagado. Si hasta ahora lo hacías por transferencia sigue así.
Soñé otro mundo tan lejos y tan cerca.
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Bayo
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A ver si la mujer de verdad está muerta y no en una residencia con demencia y los hijos quieran trapichear con los ingresos que le corresponden a la madre. Yo no me fiaría mucho y me asesoraría a través de un abogado o inmobiliaria
Xihara
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Los telefonillos los cambia la comunidad, por lo menos a nosotros cuando compramos el que tenemos alquilado llamamos a la comunidad y nos lo cambiaron que se oía fatal.


Yo no pagaría en mano el alquiler, por transferencia como hasta ahora y que se vea claro en el concepto que es alquiler del piso tal y del mes tal
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Licorne
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Si le pagas en mano, que te firme un recibo, como “pago del alquiler de mayo de la vivienda tal”. Y le dices que le reenvías la foto por WhatsApp para tener los dos “las cuentas claras”.

Es lo que te dicen. Éste será uno de los herederos de la dueña. A ver si quiere quedarse él con toda la pasta y no darle nada a los demás…
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Licorne escribió: 07 Feb 2024, 15:36 Si le pagas en mano, que te firme un recibo, como “pago del alquiler de mayo de la vivienda tal”. Y le dices que le reenvías la foto por WhatsApp para tener los dos “las cuentas claras”.

Es lo que te dicen. Éste será uno de los herederos de la dueña. A ver si quiere quedarse él con toda la pasta y no darle nada a los demás
Tiene toda la pinta :sip:
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Tach
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Pregunto por aquí que sabéis un montón del tema: un contrato de alquiler firmado en 2007, que entiendo ya ha acabado con todas las prórrogas existentes de la LAU, tiene ahora renovación tácita anual? mensual?
Es de un familiar, lo quiere vender y quiere saber en qué situación estaría ese alquiler

Mil gracias
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Kate
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Tach escribió: 07 Feb 2024, 20:50 Pregunto por aquí que sabéis un montón del tema: un contrato de alquiler firmado en 2007, que entiendo ya ha acabado con todas las prórrogas existentes de la LAU, tiene ahora renovación tácita anual? mensual?
Es de un familiar, lo quiere vender y quiere saber en qué situación estaría ese alquiler

Mil gracias
la renovación suele ser anual, pero depende de como esté redactado el contrato.
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Bayo
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Por lo que me suena, una vez finalizado el contrato de 5 años, si no hay respuesta escrita por el arrendador de finalización de contrato, el arrendatario puede permanecer en la vivienda anualmente durante tres años.
Entiendo que el contrato de arrendamiento estaría más que finalizado pero habría que avisar con x meses de antelación.
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Licorne
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Es un caso de tácita reconducción. Se amplía por un año si la renta se pactó con carácter anual, y por un mes si la renta es mensual. Hay que ver cómo estaba redactado el contrato.

Aquí explican la diferencia

https://desahucioinquilinos.es/blog/tac ... onduccion/
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Tomo nota de lo que habéis comentado sobre los telefonillos, gracias. Había quedado en llamarnos el casero esta semana pero si no lo hace lo haremos nosotros la que viene y ya nos pondremos serios con que hablen con la comunidad o hagan lo que quieran pero que lo solucionen ellos.
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Tach
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Muchas gracias, tengo que comprobar si era renta anual o mensual
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Mis padres acaban de pasar una semana sin internet en casa y lo tienen con Movistar. Todos los dias iba a ir el técnico en teoría ("si, si, hoy sí") y no iba. Así que puede pasar con cualquier compañía. Pero es una faena.

Yo llamaría y llamaría mil veces hasta lograr que al menos hagan todas las pruebas esas que hacen a distancia que probablemente será suficiente. Si os conectais por cable al router, funciona?

Yo es que no entiendo bien que el internet lo ponga el dueño, pero yo no he alquilado nunca habitación, sino apartamento entero, así que no sé qué decirte, en el contrato pone que es con internet incluido?
Si es así, entiendo que más que contratar tu otro, el te descuente del precio de los días que no funcione y si vosotros contratáis o no otro, entiendo que es vuestra decisión que a él no tenéis que repercutirle.
Pero realmente creo que las cosas se solucionan mejor hablando, yo le expondría todo, lo hablaría con el..., no tomaría decisiones unilaterales
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I Love

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Aún sigo sin piso. Y el problema no es el precio( que es una aberración). Sino que las agencias NO trabajan. Les escribes, y no te contestan, o lo hacen mal. Llamas y te dan largas :lol33: Pero esto no debería de ser al revés? Yo alucino, es totalmente surrealista.

Eso sí, estoy sacando capturas y pienso publicarlas.
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