DECLARACIÓN RENTA 2021 (Y seguid marcando la X Solidaria: casilla 106, gracias)

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bri
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Pinkdemia escribió: 23 Mar 2022, 18:15 Cuando dejan descargar el borrador para que le vaya echando un ojo?
6 de abril
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azuri8 escribió: 23 Mar 2022, 18:19 ¿Alguna experta en la sala? Este año hay una deducción nueva por obras en vivienda habitual y no sé qué entra y qué no...
¿Lo del Plan de Recuperación?
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Pinkdemia
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Cachis, quería presentarlo lo antes posible. La famosa herencia aquella que cobré y por la que tributé su impuesto correspondiente tiene que ir por alguna parte? Como odio lo de la renta. Por qué no me ingresan directamente el dinero que me deben y se dejan de marear? Ag
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thebash
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Yo a ver si me entero como va lo de las criptomonedas
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Pinkdemia escribió: 23 Mar 2022, 18:36 Cachis, quería presentarlo lo antes posible. La famosa herencia aquella que cobré y por la que tributé su impuesto correspondiente tiene que ir por alguna parte? Como odio lo de la renta. Por qué no me ingresan directamente el dinero que me deben y se dejan de marear? Ag
Ya hiciste Sucesiones así que a no ser que posteriormente hayas tenido alguna ganancia patrimonial por vender algo por ejemplo, no. Sería doble imposición.
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thebash escribió: 23 Mar 2022, 18:38 Yo a ver si me entero como va lo de las criptomonedas
Son pérdidas o ganancias patrimoniales como las acciones, tributas cuando las vendes o intercambias.
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thebash
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bri escribió: 23 Mar 2022, 18:44
thebash escribió: 23 Mar 2022, 18:38 Yo a ver si me entero como va lo de las criptomonedas
Son pérdidas o ganancias patrimoniales como las acciones, tributas cuando las vendes o intercambias.
Por ahora solo he comprado e intercambiado entre ellas, bueno y si he tenido algo de ganancia la he reinvertido en otra moneda sin pasar por euros.
Así que entiendo que no tengo que hacer nada no? :lol:
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thebash escribió: 23 Mar 2022, 18:49
bri escribió: 23 Mar 2022, 18:44
thebash escribió: 23 Mar 2022, 18:38 Yo a ver si me entero como va lo de las criptomonedas
Son pérdidas o ganancias patrimoniales como las acciones, tributas cuando las vendes o intercambias.
Por ahora solo he comprado e intercambiado entre ellas, bueno y si he tenido algo de ganancia la he reinvertido en otra moneda sin pasar por euros.
Así que entiendo que no tengo que hacer nada no? :lol:
Voy a mirarlo mejor y te digo, porque en criptos ando Lost del todo.
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bri escribió: 23 Mar 2022, 18:51
thebash escribió: 23 Mar 2022, 18:49
bri escribió: 23 Mar 2022, 18:44

Son pérdidas o ganancias patrimoniales como las acciones, tributas cuando las vendes o intercambias.
Por ahora solo he comprado e intercambiado entre ellas, bueno y si he tenido algo de ganancia la he reinvertido en otra moneda sin pasar por euros.
Así que entiendo que no tengo que hacer nada no? :lol:
Voy a mirarlo mejor y te digo, porque en criptos ando Lost del todo.
Gracias bonita, no te preocupes que ya me buscaré la vida.
Yo es que ni de criptos, ni de acciones, ni de nada :bag:
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Pinkdemia
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Gracias @bri. Eres un solete :flowers:
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azuri8
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bri escribió: 23 Mar 2022, 18:34
azuri8 escribió: 23 Mar 2022, 18:19 ¿Alguna experta en la sala? Este año hay una deducción nueva por obras en vivienda habitual y no sé qué entra y qué no...
¿Lo del Plan de Recuperación?
Pues ni idea... solo se eso, que por reforma en vivienda (mejorando certificado energético) hay deducciones de un % pero ahí me he quedado... Tendré que ir a preguntar a un gestor o algo
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azuri8 escribió: 23 Mar 2022, 19:41
bri escribió: 23 Mar 2022, 18:34
azuri8 escribió: 23 Mar 2022, 18:19 ¿Alguna experta en la sala? Este año hay una deducción nueva por obras en vivienda habitual y no sé qué entra y qué no...
¿Lo del Plan de Recuperación?
Pues ni idea... solo se eso, que por reforma en vivienda (mejorando certificado energético) hay deducciones de un % pero ahí me he quedado... Tendré que ir a preguntar a un gestor o algo
Es eso sí, y la deducción depende de la mejora energética pero es tan nuevo que a saber que piden para justificar.
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Ninuk
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Buenas, necesito ayuda de expertas.

Convivo con mi pareja sin estar casados y tenemos dos hijos. He entendido que no podemos acogernos a la modalidad conjunta en la declaración por no mediar matrimonio, por lo que será él quien la haga conjunta con los niños y yo individual, pero me surge varias dudas:

¿Debo incorporar yo a los niños también en mi unidad familiar y en la vinculación debemos marcar los dos: D situación 3 (ya que convivimos todo juntos), no?

Por otra parte yo desde verano del año pasado estoy trabajando y tengo derecho a la deducción por maternidad (hijo menor de 3 años), como no lo sabía la solicité en enero, por lo que hay varios meses (5) del año pasado que tenía derecho y no la percibí, ¿debo añadirlo ahora en la declaración?¿cómo se incluye?

También tengo derecho a una ayuda por guardería, ya que está acudiendo desde el año pasado. El centro ya ha pasado mis datos a Hacienda y poseo las facturas. ¿Puedo incoporarlo también aunque yo no haga declaración conjunta con los niños, sino individual?

Gracias!
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Ninuk escribió: 25 Mar 2022, 12:56 Buenas, necesito ayuda de expertas.

Convivo con mi pareja sin estar casados y tenemos dos hijos. He entendido que no podemos acogernos a la modalidad conjunta en la declaración por no mediar matrimonio, por lo que será él quien la haga conjunta con los niños y yo individual, pero me surge varias dudas:

¿Debo incorporar yo a los niños también en mi unidad familiar y en la vinculación debemos marcar los dos: D situación 3 (ya que convivimos todo juntos), no?

Por otra parte yo desde verano del año pasado estoy trabajando y tengo derecho a la deducción por maternidad (hijo menor de 3 años), como no lo sabía la solicité en enero, por lo que hay varios meses (5) del año pasado que tenía derecho y no la percibí, ¿debo añadirlo ahora en la declaración?¿cómo se incluye?

También tengo derecho a una ayuda por guardería, ya que está acudiendo desde el año pasado. El centro ya ha pasado mis datos a Hacienda y poseo las facturas. ¿Puedo incoporarlo también aunque yo no haga declaración conjunta con los niños, sino individual?

Gracias!
Te copio directamente de la Agencia tributaria:

-Que tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes por estos hijos


Es decir si no tributas con niños y por tanto no te aplican el mínimo por descendientes no puedes aplicarte la deducción por maternidad en IRPF.
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Ninuk
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bri escribió: 25 Mar 2022, 13:10
Ninuk escribió: 25 Mar 2022, 12:56 Buenas, necesito ayuda de expertas.

Convivo con mi pareja sin estar casados y tenemos dos hijos. He entendido que no podemos acogernos a la modalidad conjunta en la declaración por no mediar matrimonio, por lo que será él quien la haga conjunta con los niños y yo individual, pero me surge varias dudas:

¿Debo incorporar yo a los niños también en mi unidad familiar y en la vinculación debemos marcar los dos: D situación 3 (ya que convivimos todo juntos), no?

Por otra parte yo desde verano del año pasado estoy trabajando y tengo derecho a la deducción por maternidad (hijo menor de 3 años), como no lo sabía la solicité en enero, por lo que hay varios meses (5) del año pasado que tenía derecho y no la percibí, ¿debo añadirlo ahora en la declaración?¿cómo se incluye?

También tengo derecho a una ayuda por guardería, ya que está acudiendo desde el año pasado. El centro ya ha pasado mis datos a Hacienda y poseo las facturas. ¿Puedo incoporarlo también aunque yo no haga declaración conjunta con los niños, sino individual?

Gracias!
Te copio directamente de la Agencia tributaria:

-Que tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes por estos hijos


Es decir si no tributas con niños y por tanto no te aplican el mínimo por descendientes no puedes aplicarte la deducción por maternidad en IRPF.
Gracias Bri

Es decir, al no hacerla conjunta con los niños, me quedo sin deducción por maternidad y sin ayuda de guardería.

¿Y el mínimo por descendiente sólo para mi pareja porque es el que la hace modalidad conjunta con los niños?
Última edición por Ninuk el 25 Mar 2022, 13:48, editado 2 veces en total.
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Ninuk escribió: 25 Mar 2022, 13:42
bri escribió: 25 Mar 2022, 13:10
Ninuk escribió: 25 Mar 2022, 12:56 Buenas, necesito ayuda de expertas.

Convivo con mi pareja sin estar casados y tenemos dos hijos. He entendido que no podemos acogernos a la modalidad conjunta en la declaración por no mediar matrimonio, por lo que será él quien la haga conjunta con los niños y yo individual, pero me surge varias dudas:

¿Debo incorporar yo a los niños también en mi unidad familiar y en la vinculación debemos marcar los dos: D situación 3 (ya que convivimos todo juntos), no?

Por otra parte yo desde verano del año pasado estoy trabajando y tengo derecho a la deducción por maternidad (hijo menor de 3 años), como no lo sabía la solicité en enero, por lo que hay varios meses (5) del año pasado que tenía derecho y no la percibí, ¿debo añadirlo ahora en la declaración?¿cómo se incluye?

También tengo derecho a una ayuda por guardería, ya que está acudiendo desde el año pasado. El centro ya ha pasado mis datos a Hacienda y poseo las facturas. ¿Puedo incoporarlo también aunque yo no haga declaración conjunta con los niños, sino individual?

Gracias!
Te copio directamente de la Agencia tributaria:

-Que tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes por estos hijos


Es decir si no tributas con niños y por tanto no te aplican el mínimo por descendientes no puedes aplicarte la deducción por maternidad en IRPF.
Gracias Bri

Es decir, al no hacerla conjunta con los niños, me quedo sin deducción por maternidad y sin ayuda de guardería.

¿Y el mínimo por descendiente sólo para mi pareja porque es el que la hace modalidad conjunta con los niños?
Eso es, se lo aplica él. De todas formas lo mejor es cuando esté la renta disponible, hacerla, porque a veces cambian cosas. Si no lo puedes deducir te va a aparecer error. Aún no está ni el manual disponible en Hacienda.
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Ninuk
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bri escribió: 25 Mar 2022, 13:45
Ninuk escribió: 25 Mar 2022, 13:42
bri escribió: 25 Mar 2022, 13:10

Te copio directamente de la Agencia tributaria:

-Que tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes por estos hijos


Es decir si no tributas con niños y por tanto no te aplican el mínimo por descendientes no puedes aplicarte la deducción por maternidad en IRPF.
Gracias Bri

Es decir, al no hacerla conjunta con los niños, me quedo sin deducción por maternidad y sin ayuda de guardería.

¿Y el mínimo por descendiente sólo para mi pareja porque es el que la hace modalidad conjunta con los niños?
Eso es, se lo aplica él. De todas formas lo mejor es cuando esté la renta disponible, hacerla, porque a veces cambian cosas. Si no lo puedes deducir te va a aparecer error. Aún no está ni el manual disponible en Hacienda.
Es que leí esto:

Es que vi esto en el manual de la agencia tributaria:

Tributación conjunta del descendiente con uno de los padres en los casos de separación legal o cuando no exista vínculo matrimonial. En estos casos, el padre o la madre que tributa conjuntamente con los descendientes que forman parte de la unidad familiar, aplicará íntegramente el mínimo por descendientes correspondiente a estos, y el otro progenitor no tendrá derecho al mínimo al presentar los hijos declaración, siempre que estos últimos tengan rentas superiores a 1.800 euros.

De no cumplirse el supuesto de tener rentas superiores a 1.800 euros, el mínimo por descendientes se distribuirá entre los padres con el que conviva el descendiente por partes iguales, aun cuando uno de ellos tribute conjuntamente con los hijos. Esta misma regla resulta aplicable en los casos en que los hijos sometidos a guardia y custodia compartida tributan conjuntamente con uno de sus progenitores.
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bri
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Es que hay un vacío siempre en el tema de los padres no casados, de verdad.
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Hola! Estuve unos días de baja por enfermedad común, aparecen en los datos fiscales aparte las retribuciones y retenciones, se mete en casillas distintas al resto de retribuciones del trabajo?

@thebash como aún no has sacado beneficio ni pérdida no se incluye en la declaración
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cocofresh
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@Ninuk Nosotros estamos en la misma situación pero solo con una hija. Al presentar la declaración nos salía la descendiente a los dos, pero solo me aparecía a mí la deducción por guardería (datos ya volcados por Hacienda pues soy yo la tutora que inscribí a la peque en la guarde).

Hicimos la prueba de declaración conjunta (padre con la peque o madre con la peque) y nos salía el mismo importe a los dos. Así que realmente nos daba igual hacerla conjunta con la peque o individual.

Sobre la deducción por madre trabajadora yo la cobro mensual así que no sé qué decirte.
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